viernes, 5 de junio, 2026

Humboldt celebra las fiestas de Navidad y Año Nuevo libre de pirotecnia

“Las fiestas son momentos de alegría y celebración, pero también de responsabilidad. Evitemos el uso de pirotecnia que afecta a personas, animales y al medioambiente”, destacaron autoridades comunales.

A través de la Ordenanza N° 33/2021, la comuna de Humboldt recordó la vigencia de la norma que deja “terminantemente prohibido la utilización de pirotecnia”.

La ordenanza prohíbe en todo el ámbito del ejido comunal la tenencia, fabricación, manipulación, circulación, transporte, comercialización, depósito y expendio al público mayorista o minorista y uso particular, de todo elemento de pirotecnia o cohetería.

“Las fiestas son momentos de alegría y celebración, pero también de responsabilidad. Evitemos el uso de pirotecnia que afecta a personas, animales y al medioambiente. Festejemos de manera consciente, con alternativas seguras que respeten la tranquilidad de todos, juntos podemos construir un Humboldt más seguro y en armonía”, destacaron autoridades comunales.

A través de esta normativa se busca:

“Eliminar accidentes y perjuicios en la salud en niños y adultos, causados por el uso de pirotecnia”. Erradicar accidentes de tránsito causados por la masiva cantidad de animales de compañía que escapan de sus hogares dado el terror que produce en ellos los decibeles de la pirotecnia.

La extinción de incendios de bienes muebles e inmuebles, causada por este uso. La supresión de síntomas indeseados en bebes, niños, ancianos y personas con discapacidad, causados también por las molestias y los daños auditivos.

La significativa reducción de animales perdidos, muchos de ellos sin esterilizar, lo que incrementa el nivel de superpoblación en pueblos y ciudades, ya que quedan en situación de calle. La supresión de la mortificación de animales que, año tras año, sufren los daños del uso de la pirotecnia, en múltiples sentidos.

Multas

El no acatamiento de la ordenanza tendrá las siguientes penas: Primera infracción una multa que equivale a un salario mínimo, vital y móvil y decomiso de mercadería. A la segunda infracción serán dos salarios mínimos y el decomiso de la mercadería.

En tanto a la tercera, cuarta y quinta, serán el equivalente a tantos salarios mínimos como la cantidad de infracciones lo indique, el decomiso de la mercadería y la clausura del local.